jueves, 2 de marzo de 2023

'Paz total': Corte tramitará demanda bajo urgencia nacional, ¿qué implica?

 

Corte Constitucional 2023 FOTO: Corte Constitucional

Demanda cuestiona puerta a 'Iván Márquez' en la denominada 'paz total', entre otros temas.

La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió darle el trámite de urgencia nacional a una demanda presentada en contra de algunos apartados de la ley de ‘paz total’, que habilitó al Gobierno del presidente Gustavo Petro a hacer negociaciones de paz con el Eln y que permite hacer acercamientos con grupos criminales de alto impacto a fin de que se sometan a la justicia.

La urgencia nacional implica que cuando el despacho que tiene a cargo el caso, el del magistrado Jorge Ibáñez, ya tenga su proyecto de fallo listo, este pasará a ser el primero del orden del día en la Sala Plena, teniendo prelación sobre otros casos que venían en lista para ser discutidos.

La decisión la tomó la Sala Plena al negar una petición de suspender la norma mientras se resolvía la demanda, en un auto que, como reveló EL TIEMPO, abrió la puerta para dictar medidas cautelares, como una medida excepcional, frente a una norma abierta o manifiestamente incompatible con la Constitución que pueda producir efectos irremediables.

La demanda en estudio cuestiona que se le haya abierto la puerta a la ‘paz total’ a Iván Márquez, dado que en un apartado se incluye como parte de las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto a quienes se desmovilizaron en previos acuerdos de paz.

En este caso, la Presidencia dijo a través de su Oficina Jurídica que la norma solo habilita a los desertores de un acuerdo de paz, como alias Iván Márquez, a someterse a la justicia y no a adelantar una negociación política.

Pero el Gobierno ajustó luego su postura para indicar que quien tiene la última palabra en este tema es el Presidente de la República.

"La determinación de adelantar negociaciones con fines políticos o de sometimiento es del resorte del Gobierno, a quien corresponde definir el tipo de proceso a seguir a partir de las circunstancias particulares y específicas de los grupos armados que hagan manifiesto su interés de negociar, para lo cual cuenta con el apoyo de la instancia de Alto Nivel (creada en la Ley) para el estudio, caracterización y calificación de las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto”, dijo después el Gobierno.

El documento señala que es claro que quien tiene “la decisión respecto del inicio de tales diálogos con una organización al margen de la ley y el tipo de negociación que se debe seguir, le corresponde adoptarla al Presidente en su condición de jefe de Estado y de Gobierno, y dentro del marco de sus deberes de promover la reconciliación entre los colombianos, la convivencia pacífica y lograr la paz definitiva y total”.

Y por eso, indicó que los exmiembros de grupos armados al margen de la ley, desmovilizados mediante acuerdos pactados con el Estado colombiano, que contribuyan con su desmantelamiento, sí "pueden ser acogidos por el marco normativo de la paz total”.

En este caso, el exministro de Justicia Yesid Reyes, aseguró que según las reglas y mandatos que se alcanzaron en La Habana, si el excombatiente que firmó la paz se levantó de nuevo en armas y es expulsado de la Jurisdicción Especial para la Paz, entonces vuelve a incurrir en el delito político de rebelión.

"El hecho de que (los integrantes de la 'Segunda Marquetalia') hayan sido expulsados de la Jurisdicción Especial para la Paz pone en evidencia que son delincuentes políticos, porque la razón para esa expulsión no fue otra que el haberse alzado de nuevo en armas contra el Estado, es decir, haber incurrido nuevamente en el delito de rebelión", dijo Reyes.

En ese sentido, según el exministro, cuando la ley de la ‘paz total’ dice que se entiende como parte de una estructura armada organizada de crimen de alto impacto a los exmiembros de grupos armados al margen de la ley, desmovilizados mediante acuerdos pactados con el Estado, esto solo puede referirse a quienes hayan cometido delitos comunes después de la suscripción del acuerdo.

Tomado de: https://www.eltiempo.com/justicia/cortes/paz-total-que-significa-que-demanda-se-tramite-bajo-urgencia-nacional-746824


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